Docentes 1278

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jueves, 13 de diciembre de 2012

Grupo GEARD--Docentes Vinculados Actualmente en carrera 2277 y 1278, Pueden Presentarse a Concurso de Ingreso a carrera Docente y Directivo 2013 (Detalles de las Implicaciones)


 
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La CNSC convocó  a concurso público de MÉRITOS para proveer cargos, de Docentes y Directivos Docentes en preescolar, básica, media y orientadores en establecimientos educativos oficiales que prestan su servicio a población mayoritaria ubicada en cada una de las entidades territoriales del país certificadas en educación.(Puede descargar los acuerdos Aquí)

La aplicación de la prueba será en los primeros meses de 2013.

El Grupo GEARD ha querido abrir un espacio de preguntas y respuestas  para dar solución  a algunos de los interrogantes  más frecuentes que recibimos  via E-Mail, de los docentes 1278 y 2277 que aspiran a presentarse al concurso de ingreso a la carrera docente que realizará la CNSC a principios de 2013.

Si usted actualmente se encuentra vinculado  como docente o Directivo  a cualquier entidad territorial de Colombia, es seguro que esta publicación de preguntas frecuentes  le interesa.



Caso 1: ¿Si actualmente soy docente 2277,  puedo presentarme a un cargo directivo? 


Si,  Se puede presentar a coordinador, director rural o rector, para ello debe cumplir con los requisitos de tiempo, experiencia y estudio que establece la convocatoria, en este caso:

  • ·  Ser licenciado en educación o profesional y 5 años o más de experiencia profesional para coordinador


  • · Ser normalista superior o licenciado en educación o profesional  y 4 años o más  de experiencia profesional para director rural

  • · Licenciado en educación o profesional  y 6 años o más de experiencia profesional para rector
Usted conserva todos los derechos de carrera adquiridos, es decir que  conserva el decreto bajo el cual fue nombrado.

Al finalizar o durante el  tiempo  que dure el periodo de prueba, usted tiene la posibilidad de renunciar al nuevo cargo, en este caso la entidad territorial le garantiza que le conservará su  puesto, que será asignado en provisionalidad  para el caso de los docentes o en encargo, para el caso de los directivos.

Lo anterior está establecido en la actual convocatoria para docentes que está adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil  y el Ministerio de Educación Nacional


Caso 2: ¿si  actualmente soy docente 1278,   puedo aspirar a ser directivo?


Si,  se puede presentar a coordinador, director rural o rector, siempre que cumpla con los requisitos de tiempo, experiencia y estudio que establece la convocatoria para este  caso:

  •   Ser licenciado en educación o profesional y 5 años o más de experiencia profesional para coordinador

  •   Ser normalista superior o licenciado en educación o profesional  y 4 años o más  de experiencia profesional para director rural

  •   Licenciado en educación o profesional  y 6 años o más de experiencia profesional para rector
                                                    
Lo anterior está establecido en la actual convocatoria para docentes que está adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil  y el Ministerio de Educación Nacional.

Caso 3:

¿Si actualmente soy docente 1278, puedo presentarme nuevamente como docente en la misma entidad territorial dónde estoy?


Si,  se puede presentar sin ningún problema a la misma entidad territorial donde está laborando, sea a un cargo diferente, a un área diferente, incluso puede hacerlo   a la misma área en la cual está nombrado actualmente, siempre y cuando existan vacantes en dichos cargos y áreas. Esto está reglamentado mediante la CIRCULAR 07 DE 2011, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Este es un caso útil,  para movilidad dentro la misma entidad territorial,  Conserva todos los derechos de carrera que traía.


Caso 4:Actualmente soy docente 1278,¿ puedo presentarme nuevamente como docente en la otra entidad territorial?


Si, Usted como docente regido bajo el decreto 1278, se puede presentar a otra entidad territorial donde quiera laborar, sea a un cargo diferente, a un área diferente o a la misma área en la cual está laborando, siempre y cuando existan vacantes en dichos cargos y áreas. Esto está reglamentado mediante la CIRCULAR 07 DE 2011, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Conservará TODOS los derechos de carrera que tenía, incluso su escalafón.


Caso 5 :

¿Por qué el concurso me puede servir como un traslado?


Puede servir como traslado, pues la Comisión Nacional del Servicio Civil, ha establecido en la CIRCULAR 07 de 2011, que los docentes en carrera se pueden presentar de nuevo a concursar por nuevas plazas que se encuentren en la misma entidad territorial o en una diferente, por tanto esto daría lugar a un “traslado” ya que estas plazas estarían ubicadas en cualquier otro lugar del territorio nacional, diferente de donde actualmente está y en nigún caso se presenta dismunución de los derechos previamente adquiridos.



Caso 6: ¿Si terminé licenciatura o maestría como me puede servir el concurso para ascenso y que implicaciones tiene?


Si usted es docente regido bajo el decreto 1278 y ostenta un título de licenciatura (para docentes que se encuentren en el grado 1) o de maestría (para docentes que se encuentren en el grado 1 o 2), puede presentarse a este concurso de ingreso como coordinador, director rural, rector o docente en la misma área o en un área diferente. Esto le permitirá ascender, ya que al presentar su título, entrará en el grado (2 o 3)  según corresponda.

Sin embargo, esto sólo tiene una implicación y es que si está en el nivel B, C o D de uno de estos grados, pasa todo el proceso y es nombrado en periodo de prueba, será ubicado en el nivel A, del respectivo grado del escalafón al cual es promovido y le pagaran en este nivel salarial mientras supera el periodo de prueba. Luego de superado el periodo de prueba,  a usted le deben actualizar su escalafón con el nivel salarial en el cual venia al momento de presentarse a dicha convocatoria.

Ejemplo

Si en estos momentos un docente que sea normalista superior, regido por el decreto 1278  de 2002, está escalafonado en la 1C, hizo una licenciatura y luego una maestría, se presente a este concurso de ingreso y pase todo el proceso; será nombrado en periodo de prueba en el escalafón 3A. Luego de superar este periodo de prueba le deben actualizar el escalafón en la 3C ya que es el nivel al cual correspondía en el momento que se presentó.

Caso 7:

¿Si en cualquier caso No apruebo el periodo de prueba o  No me gusta en nuevo cargo, que implicaciones tiene?


Si como docente usted se presenta, pasa todo el proceso y es nombrado en periodo de prueba en un nuevo cargo, área o entidad territorial, pero no pasa el periodo de prueba, será devuelto al cargo, área o entidad territorial en la cual usted estaba. También si usted no quiere seguir en el cargo, área o entidad territorial para la cual fue nombrado en periodo de prueba, puede devolverse voluntariamente en el transcurso o terminación del periodo de prueba. Si usted deja que lo nombren en propiedad y no hace la solicitud a su debido tiempo ya pierde la plaza en donde  estaba laborando anteriormente. Esta plaza solo la mantienen en vacancia temporal mientras usted supera el periodo de prueba.  Esto no genera ninguna sanción adicional, exclusión del escalafón o pérdida de derechos de carrera con los que ya contaba.


Caso 8:

¿Si  me presenté al concurso de  ascenso 1278, el pasado 2 de Dic, y me presento a directivo, y paso ambos exámenes que pasa?

Si pasa esta situación a usted  lo ascienden o lo reubican, según el caso, y  no tiene ningún tipo de problema, ya que conservara todos sus derechos de carrera y el grado y nivel salarial en el cual se encuentra. Si después de esto lo nombran o promueven de docente a directivo conservara las mismas condiciones con la nueva resolución de escalafón que ostente. Ahora si primero lo nombran y luego lo asciende o reubican pasa exactamente lo mismo, y tampoco pierde sus condiciones laborales actuales ya que primero fue la evaluación de competencias que el concurso de ingreso a la carrera docente.


Aclaración:

Si usted es docente 1278, y se presenta al concurso de ingreso a carrera docente, ya sea en la misma entidad o en otra, a cualquier cargo, ya sea docente o directivo.

Tendrá dos casos:
· 
  •   Si acredita estudios, para tomarlo como ascenso:l caso explicado anteriormente,  en el cual durante el primer año, le pagan con letra A, del grado que  acredite, y al finalizar el periodo de prueba, lo ubican nuevamente el la letra que traía


  •   Si no Acredita estudios: Desde el momento del periodo de prueba, le pagarán con el mismo escalafón tenía, más el incremento para el caso de los directivos.

Apreciad@ Docente

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