Docentes 1278

sábado, 29 de diciembre de 2012

Estructura Actual escalafón Docente en Colombia



 Qué es el escalafón Docente en Colombia


Se entiende por Escalafón Docente el sistema de clasificación de los  docentes y directivos docentes estatales de acuerdo con su formación académica, experiencia, responsabilidad,  desempeño y competencias, constituyendo los distintos grados y niveles que pueden ir alcanzando durante su  vida laboral y que garantizan la permanencia en la carrera docente con base en la idoneidad demostrada en su  labor y permitiendo asignar el correspondiente salario profesional.


Antigua estructura del escalafón docente, antes del año 2002


El decreto 1278 de 2002, cambió la estructura del escalafón docente en Colombia; desde ese año, todos los docentes y directivos que se vinculen mediante concurso público,  quedan inscritos este nuevo escalafón.


Antes de entrar en vigencia el decreto 1278 en Colombia, contábamos con un escalafón determinado por el decreto 2277 de 1979, que aún se encuentra vigente para una gran parte de los docentes vinculados con el Estado. Este escalafón está compuesto por los grados A y B y  14 categorías(1 a 14) donde:

  • los normalistas , ingresaban en la categoría 1
  • Los tecnólogos, ingresaban en la categoría 5
  • Los licenciados y profesionales en la categoría 7


Los ascensos se da  por tiempo de servicio,  capacitación por créditos y títulos académicos.

Todos los docentes vinculados antes la entrada en vigencia del decreto ley 1278 de 2002,  continúan actualmente vinculados con esta modalidad de escalafón.


Estructura del Nuevo escalafón


Los Artículos 20  y 21 del decreto 1278  lo explican  así:

El Escalafón Docente estará conformado por tres (3) grados (1, 2, 3). Los grados se establecen con base en formación académica. Cada grado estará compuesto por  cuatro  (4) niveles salariales (A-B-C-D).

Quienes superen el período de prueba se ubicarán en el Nivel Salarial A del correspondiente grado, según el  título académico que acrediten; pudiendo ser reubicados en el nivel siguiente o ascender de grado, después de  tres (3) años de servicio, siempre y cuando obtengan en la respectiva evaluación de competencias el puntaje  indicado para ello.

ARTÍCULO 21. Requisitos para inscripción y ascenso en el Escalafón Docente. 
Establécense los siguientes requisitos para la inscripción y ascenso de los docentes o directivos docentes estatales en los distintos grados del Escalafón Docente:

Grado Uno:  
a)  Ser normalista superior.

b)  Haber sido nombrado mediante concurso.

c)  Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba.

Grado Dos:      
a) Ser licenciado en Educación o profesional con título diferente más programa de pedagogía o un título de especialización en educación.

b) Haber sido nombrado mediante concurso.

c)  Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba; o la evaluación de competencias en caso de que esté inscrito en el Grado Uno.

Grado Tres:
 a)  Ser Licenciado en Educación o profesional.

b)  Poseer título de maestría o doctorado en un área afín a la de su especialidad  o
desempeño, o en un área de formación que sea considerada fundamental dentro del proceso de enseñanza - aprendizaje de los estudiantes.

c)  Haber sido nombrado mediante concurso.

d)  Superar satisfactoriamente la evaluación del período de prueba; o la evaluación de competencias en caso de que esté inscrito en el Grado Uno o Dos.


Parágrafo.  Quien reúna los requisitos de los Grados Dos o Tres puede aspirar a inscribirse directamente a uno  de éstos grados, previa superación de la evaluación del período de prueba.




Tabla de Salarios en el 2012








Puede dejar un  comentario con  sus preguntas de  esta publicación, le responderemos en breve.


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miércoles, 26 de diciembre de 2012

¿Qué es un Empleo por Mérito en Colombia? [Concurso Docente 2013]



No exageramos al concluir que la inmensa mayoría de personas que se vinculan al estado en un Empleo por Mérito, No quieren regresar al sector privado; su vida cambia positivamente.

Hoy explicaremos que hace tan especial la vinculación al estado, y la razón por la cual usted debería tomar muy en serio el asunto de su preparación para el examen.

¿Qué es un Empleo por Mérito en Colombia?


La Constitución de 91, en su artículo 125 reza así:

ARTICULO 125. Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera. Se exceptúan los de elección popular, los de libre nombramiento y remoción, los de trabajadores oficiales y los demás que determine la ley.

Los funcionarios, cuyo sistema de nombramiento no haya sido determinado por la Constitución o la ley, serán nombrados por concurso público.

El ingreso a los cargos de carrera y el ascenso en los mismos, se harán previo cumplimiento de los requisitos y condiciones que fije la ley para determinar los méritos y calidades de los aspirantes

El retiro se hará: por calificación no satisfactoria en el desempeño del empleo; por violación del régimen disciplinario y por las demás causales previstas en la Constitución o la ley.

En ningún caso la filiación política de los ciudadanos podrá determinar su nombramiento para un empleo de carrera, su ascenso o remoción.”

Algunas aclaraciones para ilustrar mejor el asunto:

El estado es la empresa en Colombia, que mayor número de empleados tiene a su servicio. El art 125 de CN definió expresamente la manera general como debe contratarse diciendo: “Los empleos en los órganos y entidades del Estado son de carrera”

Ser empleado de carrera supone que es la misma ley, la que establece el procedimiento para el :
  • Ingreso
  • Ascenso
  • Retiro
Lo cual genera una Gran estabilidad, dado que  el Ascenso y la Estabilidad  laboral, No depende de las políticas de  la empresa, de un político en especial, de su edad, de la empatia con el jefe, ni de su filiación política o religiosa, sino del cumplimiento de la norma.



¿Por qué es importante preparase para el Ingreso  a la carrera Docente?

El articulo 2 de la ley 909 de 2004,  responde claramente


“El criterio de mérito, de las calidades personales y de la capacidad profesional, son los elementos sustantivos de los procesos de selección del personal que integra la función pública. “


Estos criterios son MEDIDOS en una prueba escrita donde miles de Colombianos competirán por una de las 20.614 vacantes  ofertadas por el Ministerio de Educación Nacional para 2013.



Es apenas  Obvio que el mejor camino para quedarse con una de estas vacantes, es obtener una calificación mejor que los demás en el examen, y para ello  ¡¡hay que prepararse!!


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En el Grupo GEARD,  trabajamos diariamente para  hacer posible el sueño de 20.614 Docentes yDirectivos Docentes,  al aprobar el examen de méritos 2013.



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martes, 18 de diciembre de 2012

PIN PARA CONCURSO INVIMA



EL NÚMERO DE IDENTIFICACIÓN (PIN)  PARA CONCURSO INVIMA ESTARÁ A LA VENTA ENTRE EL 10 DE DICIEMBRE Y EL 21 DE DICIEMBRE DE 2012



Los  números de identificación personal (PINES) se podrán adquirir en cualquier  oficina del BANCO POPULAR a nivel nacional, a partir del 10 de diciembre de 2012 y  hasta el  21 de  diciembre de 2012  en el horario de atención del Banco.  Tenga en 
cuenta lo siguiente:


Antes de acercarse al Banco Popular identifique y tenga claro el nivel jerárquico  del empleo al que desea  inscribirse, es decir  

PROFESIONAL o TÉCNICO.

El número del PIN es diferente para cada nivel.


  • La cuenta donde se debe consignar el dinero para  adquirir  el PIN es: CUENTA CORRIENTE No. 110-066-06098-9.

  •  El valor del PIN, según el nivel jerárquico al que  pertenezca el cargo seleccionado por el aspirante es el siguiente:

VALOR DEL PIN PROFESIONAL $ 28.335,oo
VALOR DEL PIN TÉCNICO Y ASISTENCIAL  $ 18.890,oo


Indique al Cajero del Banco que desea adquirir un PIN para la Convocatoria No.  135 de 2012 del INVIMA e infórmele el nivel jerárquico al que pertenece el cargo
al que desea aspirar.

Recuerde, una vez adquirido el PIN, no habrá lugar a devolución de dinero por  ningún motivo y el mismo sólo podrá ser utilizado para el nivel jerárquico del  empleo al cual desea concursar.




INSCRIPCIONES 
ENTRE EL 10 Y EL 23 DE DICIEMBRE DE 2012 
A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB DE LA CNSC (www.cnsc.gov.co)
RUTA: CONVOCATORIAS – VIGENTES – CONVOCATORIA No. 135 de 2012, 
INVIMA

Enlace: http://www.cnsc.gov.co/esp/135_invima.php



concurso INVIMA 2012-2013




¿ QUÉ ES LA CONVOCATORIA 135 DEL INVIMA ADELANTADA POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL?


El Estado en con el ánimo de escoger el personal más idóneo para que estén al servicio del Estado colombiano, creó la Comisión Nacional del  Servicio Civil en la Constitución de 1991, contemplada en el artículo 130, y le dio la responsabilidad  de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tenga carácter especial. 


Esta convocatoria del INVIMA, está requiriendo profesionales y técnicos en diferentes áreas del conocimiento, y bachilleres con diferentes rangos  para vincularlos en vacantes de carrera administrativa las cuales tienen unas condiciones especiales de ingreso, estabilidad, ascenso, entre otras que se convierten en una oportunidad muy atractiva para las personas que puedan participar en ella.

   ¿Quienes se  pueden presentar?


Cualquier colombiano, mayor de edad y que sus capacidades físicas y psíquicas no le impidan desarrollar de manera normal el cargo para el cual está concursando. También debe cumplir con los requisitos de estudio, de experiencia y de ley  establecidos en la convocatoria de la entidad territorial correspondiente.

Para el caso de esta convocatoria se pueden presentar los profesionales que ostenten los siguientes títulos:

PROFESIONALES EN:

Medicina veterinaria, zootecnia, química farmacéutica, ingeniería química, química, ingeniería agrícola, ingeniería agroindustrial, ingeniería sanitaria, ingeniería ambiental, ciencia y tecnología de alimentos, ingeniería de alimentos, ingeniería  industrial de alimentos, química de alimentos, microbiología industrial, microbiología, bacteriología, nutricionista.

TECNOLOGICOS Y ESTUDIOS UNIVERSITARIOS PARCIALES

1. Título de formación tecnológica en Alimentos, Química, Saneamiento Ambiental, Tecnología Pesquera. Certificado de inscripción profesional, en los casos reglamentados por la Ley.

2. Aprobación de tres (3) años de educación superior en Ingeniería de Alimentos, Medicina Veterinaria, Ingeniería Química, Bioquímica de Alimentos, Química de Alimentos, Ciencia y Tecnología de Alimentos, Ingeniería Industrial de Alimentos, Microbióloga Industrial, Ingeniería Pesquera, Agronomía.






sábado, 15 de diciembre de 2012

Requisitos para presentar concurso docente 2013

VERIFIQUE SI CUMPLE LOS REQUISITOS PARA PRESENTAR EL CONCURSO DE MÉRITOS PARA INGRESO A LA CARRERA DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE 2013


En el Grupo GEARD estamos interesados en proporcionarle toda la información que usted pudiera necesitar para superar con éxito el concurso de ingreso a la carrera docente y directivo docente que realizará la CNSC en los inicios de 2013. Gran parte de esa información está relacionada con las normas que rigen el concurso.

Este artículo  tiene como objeto dar solución de fondo a las siguientes preguntas:  

1. ¿Cumple con los requisitos para presentar el concurso?
2. ¿A cuales áreas o cargos puedo presentarme?
3. ¿Cuantas vacantes hay disponibles para cada área o cargo?


Cada una de estas preguntas está resuelta, con  gran detalle en los acuerdos que publicó la CNSC (Comisión Nacional del Servicio Civil) como autoridad constitucional competente de la administración y vigilancia del sistema de carrera docente en Colombia.

Le recomendamos altamente que  descargue, lo imprima y se tome el tiempo que sea necesario para leer muy bien todos los detalles.  

En el siguiente enlace podrá descargar el acuerdo de su interés, según en ente territorial de su cercanía.  Si tiene alguna pregunta después de la lectura juiciosa, alguno de nuestros asesores podrá atenderle telefónicamente o envíenos su pregunta de vuelta de correo, le responderemos en breve.


Tambien matricularte en nuestro curso completo, puedes  ver el contenido del curso haciendo click Aquí

jueves, 13 de diciembre de 2012

Grupo GEARD--Docentes Vinculados Actualmente en carrera 2277 y 1278, Pueden Presentarse a Concurso de Ingreso a carrera Docente y Directivo 2013 (Detalles de las Implicaciones)


 
Escuche la entrevista Completa (No olvide Activar sus parlantes)

La CNSC convocó  a concurso público de MÉRITOS para proveer cargos, de Docentes y Directivos Docentes en preescolar, básica, media y orientadores en establecimientos educativos oficiales que prestan su servicio a población mayoritaria ubicada en cada una de las entidades territoriales del país certificadas en educación.(Puede descargar los acuerdos Aquí)

La aplicación de la prueba será en los primeros meses de 2013.

El Grupo GEARD ha querido abrir un espacio de preguntas y respuestas  para dar solución  a algunos de los interrogantes  más frecuentes que recibimos  via E-Mail, de los docentes 1278 y 2277 que aspiran a presentarse al concurso de ingreso a la carrera docente que realizará la CNSC a principios de 2013.

Si usted actualmente se encuentra vinculado  como docente o Directivo  a cualquier entidad territorial de Colombia, es seguro que esta publicación de preguntas frecuentes  le interesa.



Caso 1: ¿Si actualmente soy docente 2277,  puedo presentarme a un cargo directivo? 


Si,  Se puede presentar a coordinador, director rural o rector, para ello debe cumplir con los requisitos de tiempo, experiencia y estudio que establece la convocatoria, en este caso:

  • ·  Ser licenciado en educación o profesional y 5 años o más de experiencia profesional para coordinador


  • · Ser normalista superior o licenciado en educación o profesional  y 4 años o más  de experiencia profesional para director rural

  • · Licenciado en educación o profesional  y 6 años o más de experiencia profesional para rector
Usted conserva todos los derechos de carrera adquiridos, es decir que  conserva el decreto bajo el cual fue nombrado.

Al finalizar o durante el  tiempo  que dure el periodo de prueba, usted tiene la posibilidad de renunciar al nuevo cargo, en este caso la entidad territorial le garantiza que le conservará su  puesto, que será asignado en provisionalidad  para el caso de los docentes o en encargo, para el caso de los directivos.

Lo anterior está establecido en la actual convocatoria para docentes que está adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil  y el Ministerio de Educación Nacional


Caso 2: ¿si  actualmente soy docente 1278,   puedo aspirar a ser directivo?


Si,  se puede presentar a coordinador, director rural o rector, siempre que cumpla con los requisitos de tiempo, experiencia y estudio que establece la convocatoria para este  caso:

  •   Ser licenciado en educación o profesional y 5 años o más de experiencia profesional para coordinador

  •   Ser normalista superior o licenciado en educación o profesional  y 4 años o más  de experiencia profesional para director rural

  •   Licenciado en educación o profesional  y 6 años o más de experiencia profesional para rector
                                                    
Lo anterior está establecido en la actual convocatoria para docentes que está adelantando la Comisión Nacional del Servicio Civil  y el Ministerio de Educación Nacional.

Caso 3:

¿Si actualmente soy docente 1278, puedo presentarme nuevamente como docente en la misma entidad territorial dónde estoy?


Si,  se puede presentar sin ningún problema a la misma entidad territorial donde está laborando, sea a un cargo diferente, a un área diferente, incluso puede hacerlo   a la misma área en la cual está nombrado actualmente, siempre y cuando existan vacantes en dichos cargos y áreas. Esto está reglamentado mediante la CIRCULAR 07 DE 2011, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.

Este es un caso útil,  para movilidad dentro la misma entidad territorial,  Conserva todos los derechos de carrera que traía.


Caso 4:Actualmente soy docente 1278,¿ puedo presentarme nuevamente como docente en la otra entidad territorial?


Si, Usted como docente regido bajo el decreto 1278, se puede presentar a otra entidad territorial donde quiera laborar, sea a un cargo diferente, a un área diferente o a la misma área en la cual está laborando, siempre y cuando existan vacantes en dichos cargos y áreas. Esto está reglamentado mediante la CIRCULAR 07 DE 2011, expedida por la Comisión Nacional del Servicio Civil.
Conservará TODOS los derechos de carrera que tenía, incluso su escalafón.


Caso 5 :

¿Por qué el concurso me puede servir como un traslado?


Puede servir como traslado, pues la Comisión Nacional del Servicio Civil, ha establecido en la CIRCULAR 07 de 2011, que los docentes en carrera se pueden presentar de nuevo a concursar por nuevas plazas que se encuentren en la misma entidad territorial o en una diferente, por tanto esto daría lugar a un “traslado” ya que estas plazas estarían ubicadas en cualquier otro lugar del territorio nacional, diferente de donde actualmente está y en nigún caso se presenta dismunución de los derechos previamente adquiridos.



Caso 6: ¿Si terminé licenciatura o maestría como me puede servir el concurso para ascenso y que implicaciones tiene?


Si usted es docente regido bajo el decreto 1278 y ostenta un título de licenciatura (para docentes que se encuentren en el grado 1) o de maestría (para docentes que se encuentren en el grado 1 o 2), puede presentarse a este concurso de ingreso como coordinador, director rural, rector o docente en la misma área o en un área diferente. Esto le permitirá ascender, ya que al presentar su título, entrará en el grado (2 o 3)  según corresponda.

Sin embargo, esto sólo tiene una implicación y es que si está en el nivel B, C o D de uno de estos grados, pasa todo el proceso y es nombrado en periodo de prueba, será ubicado en el nivel A, del respectivo grado del escalafón al cual es promovido y le pagaran en este nivel salarial mientras supera el periodo de prueba. Luego de superado el periodo de prueba,  a usted le deben actualizar su escalafón con el nivel salarial en el cual venia al momento de presentarse a dicha convocatoria.

Ejemplo

Si en estos momentos un docente que sea normalista superior, regido por el decreto 1278  de 2002, está escalafonado en la 1C, hizo una licenciatura y luego una maestría, se presente a este concurso de ingreso y pase todo el proceso; será nombrado en periodo de prueba en el escalafón 3A. Luego de superar este periodo de prueba le deben actualizar el escalafón en la 3C ya que es el nivel al cual correspondía en el momento que se presentó.

Caso 7:

¿Si en cualquier caso No apruebo el periodo de prueba o  No me gusta en nuevo cargo, que implicaciones tiene?


Si como docente usted se presenta, pasa todo el proceso y es nombrado en periodo de prueba en un nuevo cargo, área o entidad territorial, pero no pasa el periodo de prueba, será devuelto al cargo, área o entidad territorial en la cual usted estaba. También si usted no quiere seguir en el cargo, área o entidad territorial para la cual fue nombrado en periodo de prueba, puede devolverse voluntariamente en el transcurso o terminación del periodo de prueba. Si usted deja que lo nombren en propiedad y no hace la solicitud a su debido tiempo ya pierde la plaza en donde  estaba laborando anteriormente. Esta plaza solo la mantienen en vacancia temporal mientras usted supera el periodo de prueba.  Esto no genera ninguna sanción adicional, exclusión del escalafón o pérdida de derechos de carrera con los que ya contaba.


Caso 8:

¿Si  me presenté al concurso de  ascenso 1278, el pasado 2 de Dic, y me presento a directivo, y paso ambos exámenes que pasa?

Si pasa esta situación a usted  lo ascienden o lo reubican, según el caso, y  no tiene ningún tipo de problema, ya que conservara todos sus derechos de carrera y el grado y nivel salarial en el cual se encuentra. Si después de esto lo nombran o promueven de docente a directivo conservara las mismas condiciones con la nueva resolución de escalafón que ostente. Ahora si primero lo nombran y luego lo asciende o reubican pasa exactamente lo mismo, y tampoco pierde sus condiciones laborales actuales ya que primero fue la evaluación de competencias que el concurso de ingreso a la carrera docente.


Aclaración:

Si usted es docente 1278, y se presenta al concurso de ingreso a carrera docente, ya sea en la misma entidad o en otra, a cualquier cargo, ya sea docente o directivo.

Tendrá dos casos:
· 
  •   Si acredita estudios, para tomarlo como ascenso:l caso explicado anteriormente,  en el cual durante el primer año, le pagan con letra A, del grado que  acredite, y al finalizar el periodo de prueba, lo ubican nuevamente el la letra que traía


  •   Si no Acredita estudios: Desde el momento del periodo de prueba, le pagarán con el mismo escalafón tenía, más el incremento para el caso de los directivos.

Apreciad@ Docente

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